EL TSJ DE MADRID REFUERZA LA EXIGENCIA DE MOTIVACIÓN Y PROPORCIONALIDAD EN LA ELECCIÓN ENTRE MULTA Y EXPULSIÓN EN MATERIA DE EXTRANJERÍA

Contexto y fallo judicial

La Sección Décima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, mediante sentencia nº 650/2025 de 26 de junio (Rec. Apelación 1180/2024), ha confirmado la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de Madrid que anuló una orden de expulsión y prohibición de entrada por cinco años dictada contra un ciudadano brasileño por infracción del art. 53.1.a) de la Ley Orgánica 4/2000 (LOEx).

El núcleo del fallo radica en la aplicación del principio de proporcionalidad (art. 55.3 LOEx) y en la interpretación conforme a la Directiva 2008/115/CE, que establece la preferencia por la decisión de retorno con plazo de salida voluntaria frente a la expulsión inmediata, salvo circunstancias excepcionales como riesgo de fuga, negativa a cumplir o amenaza grave al orden público.

Argumentos del tribunal

El TSJ, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, subraya que la mera existencia de antecedentes policiales no basta como elemento agravante si no se acredita su relevancia y desenlace. Asimismo, recuerda que el control judicial de las sanciones en materia de extranjería debe ser tanto formal como material, evitando presunciones automáticas de acierto administrativo.

En este caso, la resolución administrativa no justificó por qué optaba por la expulsión en vez de la multa. Se limitó a mencionar la situación irregular y unos antecedentes policiales genéricos, omitiendo el análisis de circunstancias personales relevantes como el arraigo, vínculos familiares, empadronamiento o actividad laboral. Tampoco motivó la prohibición de entrada de cinco años según el art. 11 de la Directiva 2008/115/CE.

Consecuencias de la sentencia

El TSJ confirma la nulidad de la expulsión y ordena retrotraer actuaciones para imponer una sanción pecuniaria y conceder un plazo de salida voluntaria, advirtiendo que solo el incumplimiento de esta última podría justificar un nuevo expediente de expulsión.

Este fallo consolida la necesidad de motivación individualizada y de una ponderación real en la elección de la medida sancionadora, reforzando la aplicación directa de la normativa europea y la coherencia con la jurisprudencia nacional y comunitaria.
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Fuente: Sentencia nº 650/2025, de 26 de junio de la Sección Décima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid.

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